Actividad
de Inducción SENA
Especialización Tecnológica en Gestión del Talento Humano por Competencias
Ficha 1183663
Especialización Tecnológica en Gestión del Talento Humano por Competencias
Ficha 1183663
Caso
1
Federico
es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en
modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de
formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar
el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento
que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada,
pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que
lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y
que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le
ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.
De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
a.
¿Qué
respuesta le daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
Federico
tiene derecho a portar un carnet que lo identifique como aprendiz SENA, aunque
pertenezca a un programa de formación virtual. Basados en el capítulo 2,
articulo 7, numeral 4 que cita textualmente “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo
acredite como Aprendiz del SENA.” Citamos también en principios generales
el artículo 3: “Se considera aprendiz
SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la
entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las
diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe
ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e
inseparables en su proceso formativo.”
b.
En
relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
En relación con la
líder de bienestar, brindó una mala asesoría puesto que desconoce el artículo 3
del reglamento del aprendiz donde se le reconocería a Federico su carácter de
aprendiz aun cuando su formación es virtual a distancia. También, faltó al
derecho del aprendiz indicado en el numeral 14 así: “Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica e
integral durante el proceso de formación.”
Caso 2
Nicolás
es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su
formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en
realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la
guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente
de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su
proceso. Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación,
este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”.
Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su
tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe
irse para otra región a encontrarse con su familia. Nicolás decide de manera
respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y
quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
De
acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir
los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
a.
¿En
qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar
Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Nicolás se
puede apoyar en el artículo 7, numerales 6, 8 y 12 del capítulo derechos del
aprendiz.
Caso 3
El
instructor le ha manifestado a tres aprendices del programa de formación
Tecnología en Contabilidad y Finanzas que deben traer la cédula de ciudadanía,
porque cuando ingresaron a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad
y ya hace un año cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este
documento ya no es válido. Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan de
mejoramiento, no han cumplido con este y uno de ellos no quiere participar en
salidas técnicas. Además el Tutor encontró que personas ajenas al curso están
ingresando a la plataforma virtual con el usuario y la contraseña de uno de
ellos. El instructor le solicita al representante de los aprendices que les
ayude a identificar en qué parte del reglamento se está fallando.
a.
¿En
qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los
aprendices identifiquen sus faltas?
Según
lo planteado en el caso, los estudiantes incurren en falta al capítulo deberes
del aprendiz, artículo 9, numerales 1, 3, 4 y 11. Donde se expresa textualmente
que es deber del estudiante asistir a toda actividad de profundización
relacionadas con su proceso de aprendizaje. A demás, es deber actualizar sus
datos y documentos ante la oficina de registro académico correspondiente, y
para finalizar, actuar teniendo en cuenta los valores y principios de la
comunidad educativa para no afectar la convivencia social en el ambiente.
b.
¿Qué
dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos
actualizados?
Dicho reglamento,
resalta lo siguiente: “Verificar en el sistema que sus datos básicos, se
encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite
administrativo correspondiente”. Es decir, es de carácter obligatorio la actualización
de documentos y el correcto manejo de datos personales por parte del aprendiz
SENA.
c.
¿Están
obligados lo aprendices a participar en la visita técnica?
Si,
en efecto los aprendices tienen como uno de sus deberes principales asistir a
toda actividad realizada que promueva su aprendizaje y la estimulación de
conocimientos para el desarrollo del ambiente de la comunidad educativa.
Caso 4
El
comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones
que se han presentado con algunos aprendices. Al finalizar la reunión, uno de
los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el
subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices
las medidas formativas correspondientes. Las medidas serán: dos por faltas
académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar
estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea
que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
a. ¿Cuáles son las
medidas formativas y en qué consisten?
Citado artículo 27. “Las medidas formativas son aquellas acciones
que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en
menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes,
derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia,
o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento
disciplinario del Aprendiz”.
b. ¿Cuáles son las
sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Citado artículo 28. “Las sanciones son las medidas adoptadas por
el SENA ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en
la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La
sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la
falta”.
Las sanciones que
pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
a. Llamado de atención
escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita
dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz,
con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en
este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un
aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por
parte del aprendiz en el proceso de formación.
b. Condicionamiento de
la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que
incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del
procedimiento establecido en este Reglamento. El condicionamiento de matrícula
cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y /o
compromisos escritos.
c. Mencione por lo menos
dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los
aprendices y qué casos se otorgan.
Citado Artículo 8. “Son beneficios y distinciones que se
otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias
o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal,
investigativo, innovador o profesional. Los estímulos e incentivos forman parte
del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que,
mediante alianzas o convenios”.
a. Recibir mención de
honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de
aprendizaje.
b. Cuando termine su
proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser
instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así
lo desea.